En qué consiste la renta garantizada de ciudadanía
La renta garantizada de ciudadanía está prevista en el artículo 24.3 del Estatut de Catalunya que establece: “las familias o personas en situación de pobreza tienen derecho a acceder a una Renta Garantizada Ciudadana que les garantice una vida digna”. Sin embargo, nunca hasta ahora se había desarrollado ley alguna para su aplicación.
De este modo, y a iniciativa popular, se ha desarrollado una propuesta legislativa que recoge tanto quiénes pueden acceder a la misma, como la cuantía a percibir. De este modo, tiene derecho a la renta garantizada de ciudadanía todo aquel ciudadano cuya situación económica sea insuficiente para "una vida digna en Catalunya". De este modo, y para ser más exactos en la información, todo aquel que no disponga de ingresos económicos superiores a los 664€ al mes "durante como mínimo los 4 meses anteriores a la solicitud", tendrá derecho a recibir esta cuantía en forma de renta garantizada. También podrán tener derecho a recibir esta ayuda aquellas familias monoparentales con trabajos a tiempo parcial y que no lleguen a esta renta. Esta ayuda se activará ya el próximo mes de septiembre aunque sólo recibirán el 85 por ciento de esos 664 euros, esto es, 550 euros al mes hasta el mes de abril de 2020 en el que ya percibirán el 100 % de la ayuda. En dicho momento también se activará la ayuda de 1.200 euros para aquellas familias de dos personas con tres hijos.
Cabe señalar que el texto legal advierte que para el cómputo de los ingresos también se tendrán en cuenta otras "ayudas o prestaciones de similar naturaleza, también tendrán la consideración de ingresos".
Duración de la prestación y financiación
La Ley obligará a todo aquel que quiera acogerse a esta renta a renovar la solicitud cada dos años. Cualquier incremento o reducción en los ingresos ordinarios del interesado, comportará la modificación de la cuantía que se está cobrando de la renta garantizada de ciudadanía.
La normativa también advierte que "se tiene derecho a percibir la prestación económica de la Renta Garantizada de Ciudadanía todo el tiempo durante el cual se acredite la situación de necesidad".
Aquello que no resuelve el texto es cómo se financiará esta renta ya que se limita a indicar que "la prestación económica de la RGC se financiará íntegramente con cargo al Presupuesto de la Generalitat de Catalunya, sin perjuicio de las aportaciones económicas que, en su caso, se puedan hacer por otras administraciones públicas (locales, estatales o europeas)". La Generalitat prevé recibir 70.000 solicitudes. De aprobarse todas, supondrá una dotación anual para el pago mensual prometido de 462 millones de euros. ¿Quién y cómo pagará todo esto?
P.D.: sin acritud y con un poco de gracejo, no sé que pasará después del 1-O
Un saludo.